Nuestro blog

El campo de la realidad jurídica sembrado de comentarios de alumnos de derecho. ¿Cuál será nuestra cosecha?

9 may 2011

Beneficios de la ley antitabaco




La recientemente aplicada ley antitabaco empieza a producir frutos, y es que estudios recientes descubren que la susodicha ley redujo los problemas causados por esta sustancia hasta un 5 %, afectando más a problemas de corazón que a problemas de pulmón ya que estos se recuperan muchísimo más lentos que el corazón, hasta 20 años.

Reducción de un 90 % de contaminantes en locales cerrados hablan por si solos, una tremenda reducción que los anteriormente fumadores pasivos agradecemos al no tener que respirar los vapores tóxicos de los fumadores.

¿Es demasiado temprano para hablar de beneficios de esta ley o es simplemente una casualidad? La verdad, y hablando con los datos, esta ley y la reducción de enfermedades que su cumplimiento conlleva ayuda, tanto a los fumadores que quieran dejar de fumar, tanto a los no fumadores e incluso a los propios fumadores, ya que el dinero de tratar esas enfermedades se podrá invertir en otra cosa bastante mejor que tratar de subsanar daños colaterales.

Fuente.


video previo a la ley sobre el tabaco y los camareros

8 may 2011

Reforma de la Ley Electoral






















A unos cuantos dias de las elecciones municipales cabe tratar en nuestro blog del tema del sistema electoral.
Nuestro actual sistema electoral usa como base el sistema D'Hont para calcular los escaños pertenencientes a los partidos, de esta forma los partidos mayoritarios salen terriblemente mejor parados y con mas escaños que los partidos minoritarios.
Claramente los partidos con mas votos (PP y PSOE) se oponen a cualquier tipo de cambio de la ley electoral, no obstante de esta forma no estamos contando con los votos para los partidos minoritarios que también son una realidad en nuestro pais, asi que, la discusión está servida, bipartidismo o multipartidismo? sea lo que fuere, el sistema electoral no se va a cambiar porque a los que en este país forman mayoría no les interesa.
Fuente.

Interés Pre-examen

Dentro de menos de dos semanas, los alumnos de la Universidade de Vigo de la titulación de Derecho (campus Ou) vamos a someternos a los "temidos" exámenes del segundo cuatrimestre. Con tal motivo, desde este blog, procedemos a dejaros información interesante para llegar a esas fechas conociendo mejor la situación a la que se enfrente cada uno.

En este enlace se encuentra el calendario de exámenes para el Grado en Derecho (también incluye el de Julio para los menos afortunados).

Del mismo modo, añadimos las Guías Docentes de las materias del segundo cuatrimestre:
Datos importantes:
  • Derecho Constitucional II: Los alumnos que no hayan ido por evaluación continua se someterán a un examen práctico de la materia el mismo día de la prueba teórica. Así mismo, los que no superasen las pruebas prácticas tendrán oportunidad de repetirlas también este día (27 Mayo 2011). Según lo que aparece en la Guía Docente interpreto que la prueba teórica tiene un valor del 20% (aunque a veces dice que vale 30% en clases...) el resto son pruebas prácticas que reúnen: test de clases, acciones tutoriales, prácticas en los grupos medianos, trabajos de las Constituciones Españolas y otro trabajo sobre alguna conferencia de las "VIII XORNADAS SOCIEDADE E DEREITO". El resto de la información podéis encontrarlo en el Guía Docente.
  • Introducción al Derecho Civil: Para esta materia los que hayan ido por evaluación continua deberán hacer un examen teórico que puntúa un 65%, un trabajo en las Acciones tutoriales que cuenta un 10% y una serie de pruebas prácticas que en su totalidad cuentan un 25%. Para los que no sigan evaluación continua deberán presentarse al examen teórico cuya cualificación será de máximo un 60% del total, este criterio se aplica también a la convocatoria de Julio. Para más información consultar la Guía Docente.
  • Historia del Derecho: En esta materia las personas que sigan evaluación continua deberán presentarse al examen teórico que tendrá una valoración del 60% en el que para aprobar hay que sacar un mínimo de 3 puntos, también se valoran las prácticas efectuadas en clase con un 20% en los grupos medianos y en las acciones tutoriales, el trabajo tendrá también un valor del 20% (en el que finalmente son necesarias tan solo 12 líneas por persona). Importante que os haya preguntado alguna vez en clase, si no ha sido así aun tenéis tiempo de recordárselo (aunque ya se que no es algo que apetezca demasiado). Para los que no sigan evaluación continua se les hará una pregunta de un caso práctico en el examen de teoría del día 23 de Mayo. También es importante que sepáis que se mantienen las notas que se hayan obtenido en las prácticas para la segunda convocatoria.
  • Fundamentos de Contabilidad: En esta materia para el que siga evaluación continua se requiere la realización de una prueba teórica el día 25 de Mayo que tiene una valoración de un 60% y en la que es necesario un mínimo de 5/10 para aprobar la asignatura, también se realizan cuestionario online que en conjunto suman un 10%, practicas de los grupos medianos que cuentan un 20% y un trabajo para las acciones tutoriales que se valora como máximo en un 10%. Estas pruebas de evaluación continua requieren una presencia del al menos el 80% del alumno, sólo tendrán valor las prácticas para la convocatoria de este curso. Los alumno que no sigan la evaluación continua así como los de segunda convocatoria deberán presentarse a una prueba escrita en la que se formulan contenidos de la materia y con carácter teórico.
  • Nuevas tecnologías aplicadas al derecho: En esta materia se requiere la asistencia a una prueba teórica que tendrá lugar el día 19 de Mayo que para los alumnos que sigan la evaluación continua tendrá una valoración de un 10%, las pruebas de autoevaluación a través de faitic se valoran con un 20%, las actividades de evaluación por pares tienen una valoración del 20% yactividades que llevan la rúbrica del profesor un 50%. La nota final se puede obtener aplicando la siguiente fórmula: nota teoria x 20% + nota práctica x 80%, será necesario tener un mínimo de un 4 en cada una de las partes y para aprobar la asigantura tener un mínimo de un 5. Para superar la parte práctica es necesario obetener un mínimo de un 4 en cada uno de los siguientes bloques: procesador de textos avanzado, bases de datos jurídicas, ofimática en línea, hoja de cálculo, blogs y marcadores sociales. El alumno que no vaya por evaluación continua tiene derecho a un examen final que se realiza el 19 de Mayo. En segunda convocatoria se debe de realizar un examen final que englobará todo lo visto en el cuatrismestre.
Espero que la información os sea útil si necesitáis alguna aclaración o creéis que algo no es así ya sabéis... comentad! Para cualquier duda también podéis acudir a las Guías Docentes.


4 may 2011

Ley de Abogacía y procuradores


Ultimamente está en boca de todos los estudiantes de derecho y juristas el tema de la nueva ley de abogacía, esta ley, propone una formación extrauniversitaria para acceder al ejercicio de las profesiones de abogado y procurador.
Dicha medida, servirá entre otras para la mayor preparación de los nuevos juristas, una formación especifica para los abogados que vayan a ejercer, no obstante nos encontramos ante varios problemas, por un lado 2 años más de formación y su consiguiente desenbolso económico, y por otro lado, el posible ingreso de personas externas a la carrera de derecho que quisieran ejercer, creando una situación injusta para los juristas que disponemos de más carga lectiva que otras carreras de las ramas sociales
No obstante, cabe destacar que nuesto país es el único que no presenta un examen de este tipo, que para la formación de los nuevos abogados podria ser muy interesante.
Fuente.

1 may 2011

Aprobado por el CGPJ



El 28 de Abril fue aprobado por el pleno del CGPJ el Reglamento de la Carrera Judicial. Este nuevo reglamento adecua el estatuto de jueces y magistrados a la "realidad social", mejorando la conciliación familiar y profesional.
El reglamento en vigor está datado en 1995 habiendo una Ley Orgánica del Poder Judicial de 2003 así como otras reformas que adecuaron este con el paso del tiempo, aunque a pesar de estás se iba quedando obsoleto. El nuevo texto añade tres nuevos títulos a lo ya establecido (Títulos XIII, XIV Y XV). Regula, también, las modalidades de excedencia voluntaria e introduce importantes novedades en la regulación de las licencias y permisos para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral. También introduce una regulación para la prevención de riesgos laborales.

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